Trabajo Digno o Decente de Acuerdo a la Ley Federal del Trabajo.

La Ley Federal del Trabajo establece que por trabajo digno o decente debe entenderse aquél en el que se respeta plenamente lo siguiente:

a).- La dignidad humana del trabajador;

b).- La no existencia de discriminación por origen étnico o nacional, género, edad, discapacidad, condición social, condiciones de salud, religión, condición migratoria, opiniones, preferencias sexuales o estado civil;

c).- Se tiene acceso a la seguridad social;

d).- Se percibe un salario remunerador;

e).- Se recibe capacitación continua para el incremento de la productividad con beneficios compartidos; y

f).- Se cuenta con condiciones óptimas de seguridad e higiene para prevenir riesgos de trabajo.
El trabajo digno o decente también incluye el respeto irrestricto a los derechos colectivos de los trabajadores, tales como:

a).- La libertad de asociación;

b).- La autonomía;

c).- El derecho de huelga; y

d).- El derecho de contratación colectiva.


Lic. Ricardo Escobedo.
Email: ricardo.escobedo@hotmail.com